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Código Fiscal Artículo 228 Provincia de Entre Ríos


Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 228.

En los contratos de locación de servicios que no fijen plazos se tendrá como monto total de los mismos el importe de tres (3) años de retribución. Es aplicable a estos casos, lo dispuesto en el tercero, cuarto y quinto párrafo del artículo anterior.

En el caso de actos, contratos, solicitudes o instrumentos semejantes por los que se convengan o establezcan prestaciones continuas de servicios de cualquier tipo a domicilios o comercios, sin fijación de plazos, se tendrá como monto imponible de los mismos, el importe de tres (3) años de retribución estimados conforme al Artículo 238º. No están alcanzadas por esta disposición las prestaciones de servicios a los sectores agropecuarios, industriales, financieros y de la construcción.

Provincia de Entre Ríos Artículo 228 Código Fiscal
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Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?



Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?



me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus



Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.



Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?



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