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Código de Transito y Transporte Artículo 12.10.7 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 12.10.7. Representantes Legales (Tarjeta Celeste)

12.10.7.1 El Registro lleva el legajo con los datos y antecedentes de los Representantes Legales de: Titulares de Licencia de Taxi, Empresas de Radio-Taxi, Mandatarias del Transporte Público de Automóviles de Alquiler con taxímetro. Además deben acreditar ante el Registro su domicilio legal y el real, para lo cual se requerirá el certificado de domicilio real expedido por la Autoridad Policial, además de: título de propiedad o contrato de locación o boleta de servicio público a su nombre, debiendo denunciar cualquier cambio dentro de los diez (10) días de ocurrido, incluyendo domicilio constituido, subsistiendo ínterin los domicilios existentes. Se les extiende una tarjeta de vigencia anual, que habilita para dicha función. Debe renovarse antes si se produce algún cambio en los datos esenciales que contiene.

 

12.10.7.2 Las Tarjetas Celestes de Representante Legal deberán contener al menos la siguiente información:

-Identificación del Representante Legal: Apellido y nombre

-DNI del Representante Legal

-Domicilio Real del Representante Legal

-Identificación de la Persona Jurídica

-Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la Persona Jurídica

-Vencimiento de la Tarjeta Contendrá la frase: No habilita a prestar servicio



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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