Ley de Armas (Ley de Armas) Nacional
Ley de Armas Nacional
- Artículo 1. Materia de la Ley y ámbito territorial
- Artículo 2. Exclusiones
- Artículo 3. Clasificación del material
- Artículo 4. Ambito jurisdiccional, fiscalización e inspecció
- Artículo 5. Fabricación y exportació
- Artículo 6. Prohibición de embarques "a órdenes"
- Artículo 7. Circulación por vía Postal
- Artículo 8. Inspecció
- Artículo 9. Modificaciones y reparaciones
- Artículo 10. Registro de Armas de Guerra
- Artículo 11. Introducción al país e Importació
- Artículo 12. Transporte
- Artículo 13. Venta
- Artículo 14. Legítimos Usuarios
- Artículo 15. Comunicación de sustracciones, extravíos y pérdidas
- Artículo 16. Material de uso prohibido
- Artículo 17. Denuncia del material - Amnistía
- Artículo 18. Regimen del material existente Régimen de autorizaciones
- Artículo 19. Toma de posesión de los materiales expropiados
- Artículo 20. Registro
- Artículo 21. Realización de actos. Agentes. Dispensa a pequeños usuarios
- Artículo 22. Importación - Exportació
- Artículo 23. Reglamentació
- Artículo 24. Requisitos técnicos y de seguridad
- Artículo 25. Almacenamiento
- Artículo 26. Transporte
- Artículo 27. Tenencia y portació
- Artículo 28. Disposiciones aplicables
- Artículo 29. Fiscalización y régimen aplicable
- Artículo 30. Cumplidos los recaudos y formalidades que establezca la reglamentación para...
- Artículo 31. Importación - Introducció
- Artículo 32. La introducción de armas de uso civil por habitantes del país o viajeros...
- Artículo 33. Transporte
- Artículo 34. Denuncia del arma
- Artículo 35. El Poder Ejecutivo podrá, cuando las circunstancias lo requieran por razones...
- Artículo 36. Toda violación de las prohibiciones o incumplimiento de las obligaciones que...
- Artículo 37. En caso de concurrencia de dos o más infracciones, el límite máximo de los...
- Artículo 38. Reincidencia
- Artículo 39. En caso de reincidencia los montos mínimos y máximos de las sanciones...
- Artículo 40. La acción para sancionar las infracciones prescribe al año de consumada la...
- Artículo 41. Procedimientos y apelació
- Artículo 42. Medidas preventivas
- Artículo 42 BIS. NOTA DE REDACCION (DEROGADO POR LEY 25886)
- Artículo 43. El Registro Nacional de Armas previsto en el párrafo segundo del artículo 4...
- Artículo 44. LA Dirección del Registro Nacional de Armas será ejercida por una...
- Artículo 45. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley y su reglamentación...
- Artículo 46. Quedan convalidadas a la fecha de sanción de la presente ley las...
- Artículo 47. Declárase de orden Público las disposiciones de la presente ley.
- Artículo 48. Derógase la Ley 13.945 de Armas y Explosivos.
- Artículo 49. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...
Otras regulaciones
Establécese que, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas Ley de regulación de las pymes Apruébase el Régimen de Trabajo Agrario Régimen de reintegro de una proporción del impuesto al valor agregado por compras en comercios de venta minorista Aprobación del Acuerdo sobre Cooperación Técnica con el Gobierno de BeliceMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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