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Ley de Armas Artículo 19 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Armas Nacional
Artículo 19. Toma de posesión de los materiales expropiados

El Ministerio de Defensa, por intermedio del Registro Nacional de Armas podrá tomar la posesión inmediata del material sujeto a expropiación. Si no hubiere acuerdo con su propietario, lo harán previa consignación de su justo valor (precio) fijado por peritos, con más una indemnización no mayor del diez por ciento (10%).

Distribución El Ministerio de Defensa a propuesta y con el asesoramiento del Registro Nacional de Armas distribuirá el material expropiado entre las Fuerzas Armadas e instituciones mencionadas en el artículo 14, inciso 1 y 5, según su naturaleza y necesidad.

Las disposiciones precedentes y las del artículo 18 quedarán subsistentes y serán aplicables cada vez que, por reforma de la clasificación, pase a la categoría de armas de guerra, material existente de "uso civil".

Nacional Artículo 19 Ley de Armas
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...49

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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