Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica (Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica) Provincia de Santa Fe
Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Provincia de Santa Fe
- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Creación
- Artículo 3. Principios generales
- Artículo 4. Titularidad. Portabilidad
- Artículo 5. Garantía de acceso y funcionamiento
- Artículo 6. Adhesión
- TÍTULO II HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA
- Artículo 7. Definición
- Artículo 8. Contenido
- Artículo 9. Excepciones
- Artículo 10. Registro del paciente o usuario
- Artículo 11. Condiciones de registro de datos, actualización, modificación y consulta
- Artículo 12. Seguimiento y contralor de los accesos a la Historia Clínica Electrónica
- Artículo 13. Guarda de la información sanitaria
- Artículo 14. Historia Clínica en soporte papel o manuscrita
- TÍTULO III SERVICIOS DE SALUD
- Artículo 15. Obligaciones de las instituciones asistenciales
- TÍTULO IV SISTEMA PROVINCIAL DE HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA
- Artículo 16. Finalidad
- Artículo 17. Integración de la información
- Artículo 18. Tecnologías apropiadas
- Artículo 19. Alcance
- Artículo 20. Aplicación
- TITULO V AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 21. Autoridad de aplicación
- Artículo 22. Funciones
- TÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 23. Adecuación
- Artículo 24. Plazos de implementación
- Artículo 25. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser...
- Artículo 26. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Prórroga por el término de dos (2) años la vigencia de la Ley 13.317 Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados Cuidado integral de la salud de personas con enfermedades poco frecuentes Régimen de Regularización Tributaria del Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de CurarMejores juristas
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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