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Régimen Penal Juvenil Artículo 67 Provincia de Jujuy


Régimen Penal Juvenil Jujuy
Artículo 67. Informes Previos

Luego de declarada la responsabilidad penal del imputado, el Tribunal ordenará recabar toda la información bio-psico-social del imputado y mandará practicar aquella que se estime necesario para completar la ya producida, con conocimiento de las partes. El plazo para recibir esta información no deberá exceder de veinte (20) días.

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Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented

Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn

Y movimiento en letra? Gracias



Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?



Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.



Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.



La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?



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