Programa Provincial Mamá Canguro (Programa Provincial Mamá Canguro) Provincia de Misiones
Programa Provincial Mamá Canguro Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I CREACIÓN
- Artículo 1. La presente ley tiene como objeto crear el Programa Provincial Mamá Canguro...
- Artículo 2. El Programa Provincial Mamá Canguro consiste en la atención brindada a niños...
- Artículo 3. El Programa Provincial Mamá Canguro está destinado a lograr: 1) Contacto...
- CAPÍTULO II AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 4. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud Pública, cuyas funciones...
- Artículo 5. El Programa Provincial Mamá Canguro es de aplicación opcional con tecnología...
- Artículo 6. Los establecimientos sanitarios públicos y privados que opten por la...
- Artículo 7. El médico pediatra-neonatólogo y su equipo interdisciplinario de salud,...
- CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 8. La obra social provincial debe incorporar a su nomenclador el Programa...
- Artículo 9. Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente ley son atendidos con...
- Artículo 10. Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Instituye a la Ciudad de Eldorado como sede permanente de la Fiesta Provincial del Emprendedurismo Obligatoriedad del uso de elementos de protección facial y de barbijos o tapabocas inclusivos. Pasaporte Sanitario Instituye Día del Musico Misionero Centro de Documentación de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes Declaración de Patrimonio Histórico y Cultural al edificio de la Catedral San AntonioMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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