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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 25 Provincia de Río Negro


Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 25. Causales

Quienes pertenezcan al Poder Judicial podrán ser sancionados disciplinariamente, conforme la presente y las leyes K nº 2434, L nº 3229 y L nº 3550, por:

1. Violación del régimen de inhabilidades al momento de la designación o de las prohibiciones impuestas por la ley o los reglamentos o de las incompatibilidades con el desempeño del cargo o de los deberes y obligaciones que el mismo impone.

2. Las faltas u omisiones que en general se cometan en el desempeño del cargo o por desarreglo de conducta, por infracción al orden y respeto de las actividades judiciales, por actos, publicaciones o manifestaciones que atentan contra la autoridad, respeto, dignidad o decoro de la autoridad superior en jerarquía o de sus iguales.

Estas faltas harán pasible de las sanciones disciplinarias a quien las cometiere.



Provincia de Río Negro Artículo 25 Ley Orgánica del Poder Judicial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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