Ley Impositiva Ejercicio Fiscal 2017 (Ley Impositiva Ejercicio Fiscal 2017) Provincia de Mendoza
Ley Impositiva Ejercicio Fiscal 2017 Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Las alícuotas, importes fijos, impuestos mínimos y valores correspondientes...
- Artículo 2. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcase el...
- Artículo 3. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcanse las...
- Artículo 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, el impuesto mínimo...
- Artículo 5. REGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS
- Artículo 6. De conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal, la alícuota aplicable...
- Artículo 7. El Valor Inmobiliario de Referencia previsto en el Artículos 213 del Código...
- Artículo 8. El Impuesto a los Automotores a que se refiere el Código Fiscal, para el año...
- Artículo 9. Por la venta en la Provincia de billetes de lotería de cualquier...
- Artículo 10. Establézcanse las siguientes alícuotas para el pago del presente impuesto:...
- Artículo 11. Establézcanse las siguientes alícuotas para el pago del presente impuesto:...
- Artículo 12. Para los concursos, certámenes, sorteos u otros eventos previstos en...
- Artículo 13. De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcase las tasas...
- Artículo 14. Introdúcense al Código Fiscal vigente, las siguientes modificaciones
- Artículo 15. Establécese un Programa de Reducción Plurianual de Alícuotas del Impuesto...
- Artículo 16. El programa al que alude el artículo precedente consistirá en la reducción...
- Artículo 17. Los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos podrán acceder a...
- Artículo 18. La reducción establecida en el artículo presente se aplicará de acuerdo a lo...
- Artículo 19. Los beneficios aquí previstos serán aplicables sólo sobre los ingresos que...
- Artículo 20. El incumplimiento de lo establecido en la presente Ley y su reglamentación,...
- Artículo 21. La continuidad del Programa establecido por el presente capítulo para los...
- Artículo 22. Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que inicien...
- Artículo 23. El Poder Ejecutivo podrá conceder descuentos a los contribuyentes de los...
- Artículo 24. Podrán computar como crédito fiscal contra el Impuesto a los Ingresos Brutos...
- Artículo 25. Los sujetos que inicien actividades a partir de la entrada en vigencia de...
- Artículo 26. Se encuentran exentos del impuesto sobre los Ingresos Brutos los...
- Artículo 27. Para los casos de constancias correspondientes al inciso x) del Artículo 185...
- Artículo 28. A efectos de determinar el valor actual de los créditos cedidos según lo...
- Artículo 29. Están exentas del cumplimiento de los requisitos del Artículo 185 x), por el...
- Artículo 30. En el caso que el Concesionario del Transporte Público de Pasajeros de Media...
- Artículo 31. Condónese la deuda que registre cualquier sujeto por Impuesto sobre los...
- Artículo 32. En caso que un ramo o actividad no esté previsto o no conste para la misma...
- Artículo 33. Establécese en la suma de Pesos Seis Mil ($ 6.000) el monto a que se refiere...
- Artículo 34. Establécese en la suma de Pesos Mil Ciento Cuarenta ($ 1.140) el monto a que...
- Artículo 35. Establécese en la suma de Pesos Trescientos Sesenta Mil ($ 360.000) el monto...
- Artículo 36. Establécese en la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000) mensuales el monto a...
- Artículo 37. Establécese la suma de pesos siete mil doscientos ($ 7.200) los ingresos...
- Artículo 38. Establécese en la suma de pesos cuatro mil ochocientos ($ 4.800) el monto a...
- Artículo 39. Establécese en la suma de Pesos Veintiún Mil Seiscientos ($ 21.600) el monto...
- Artículo 40. Establécese en pesos cien mil ($ 100.000) el valor total de la emisión a que...
- Artículo 41. Establécese en Pesos Trescientos Mil ($ 300.000) la valuación mínima a que...
- Artículo 42. Establécese en la suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos ($ 4.200) a Pesos...
- Artículo 43. En el Impuesto Inmobiliario, la notificación del avalúo anual...
- Artículo 44. Facúltese a la Administración Tributaria Provincial a establecer un régimen...
- Artículo 45. El Recurso de Apelación ante el Administrador General al que se refiere esta...
- Artículo 46. Los plazos de caducidad de instancia establecidos en esta ley serán...
- Artículo 47. La exclusión de la sanción de clausura a la que se refiere el artículo...
- Artículo 48. Salvo disposición de esta ley en contrario, sustitúyase toda mención a la...
- Artículo 49. Encomiéndase al Poder Ejecutivo elaborar un texto ordenado del Código Fiscal...
- Artículo 50. Facúltase a la Administración Tributaria Mendoza a modificar y adecuar el...
- Artículo 51. Facúltase al Ente Autárquico de Turismo Mendoza a celebrar convenios...
- Artículo 52. Facúltese a la Administración Tributaria Mendoza a adecuar el régimen de...
- Artículo 53. Condónanse las multas e intereses resarcitorio a las Municipalidades y...
- Artículo 54. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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