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Ley Impositiva Anual Artículo 12 Provincia de Santa Fe


Ley Impositiva Anual Santa Fe
Artículo 12.

Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, fíjase con carácter general y en concepto de ingreso mínimo por cada mes o fracción de mes correspondiente a anticipos del gravamen, los importes siguientes:

 

N° de Titulares Industria y Comercio $ Servicios $
 
 y Personal en Primarias $
 
 relación de
 
 dependencia
 
 1 a 2 444 591 444
 
 3 a 5 793 1512 724
 
 6 a 10 1718 2492 1958
 
 11 a 20 3013 4193 3733
 
 Más de 20 4030 5561 4970


Los titulares y personal en relación de dependencia a que se refiere la escala precedente, son los existentes al fin de cada mes calendario. En caso de que existieren titulares que fueren cónyuges, se computarán como una sola persona. Cuando el contribuyente desarrollare una actividad que estuviera compuesta por más de una de las comprendidas en las categorías precedentes, abonará el mínimo que corresponda a aquella alcanzada por el mayor gravamen establecido en dicha categorización.

 

El Poder Ejecutivo podrá modificar las escalas de este artículo, así como las actividades discriminadas, agregando o reduciendo su composición, así como las actividades e importes contenidos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley Impositiva Anual N° 3650, debiendo informar al Poder Legislativo en el término fijado en el artículo 204 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias)



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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales



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