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Ley del Ministerio Público Fiscal Artículo 15 Provincia de Río Negro


Ley del Ministerio Público Fiscal Río Negro
Artículo 15. Del Fiscal General

El Fiscal General tiene a su cargo:

a) Coordinar y supervisar la tarea de los Fiscales de Cámara y Agentes Fiscales de la Provincia, a efectos del mejor desenvolvimiento de la función.

b) Impartir instrucciones generales a los Fiscales bajo su dependencia conforme las directivas dispuestas por la Procuración General.

c) Ejercer la Superintendencia delegada por la Procuración General.

d) Conceder licencias ordinarias a los Fiscales de Cámara y a los Agentes Fiscales.

e) Intervenir en todas las causas en las que el Superior Tribunal de Justicia debe conocer y decidir por vía de los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión, de acuerdo con las normas pertinentes.

f) Continuar ante el Superior Tribunal de Justicia la intervención que los Fiscales hubieran tenido ante los Tribunales inferiores, cuando así correspondiere por las leyes procesales y según el modo que éstas determinen. Sostener o desistir, mediante dictamen fundado, los recursos mencionados en el inciso anterior, cuando fueren interpuestos por el Ministerio Público Fiscal ante el Superior Tribunal, como aquéllos que correspondan ante Tribunales Nacionales e Internacionales, cuando el caso lo amerita.

g) Ejercer el control del cumplimiento de los plazos procesales, procurando que los procesos no se dilaten ni prescriban.

h) Dar conocimiento al Procurador General de cualquier irregularidad que constataren en el desenvolvimiento del Ministerio, como también las necesidades que advierta o le sean informadas por los restantes miembros del Ministerio Público.

i) Elaborar el informe anual de gestión del Ministerio Público Fiscal.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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