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Ley de Seguridad Pública Artículo 11 Provincia de San Juan


Ley de Seguridad Pública San Juan
Artículo 11.

Son funciones del CISEM - 911:

1) Coordinar el funcionamiento de la línea de emergencias 911.

2) Recibir y visualizar emergencias ciudadanas a través de la línea 911, el monitoreo de cámaras de seguridad y de los dispositivos de vigilancia electrónica.

3) Despachar de manera eficiente los recursos necesarios para solucionar la emergencia.

4) Procesar y analizar imágenes provenientes del sistema público de monitoreo y las aportadas por particulares para la investigación y resguardo las pruebas de delitos y contravenciones.

5) Elaborar estadísticas criminales con base en las denuncias de hechos ilícitos efectuadas a la línea 911, y de los conocidos a través de las cámaras de seguridad y las dependencias policiales.

6) Resguardar y aportar a la justicia, cuando ésta lo requiera, toda la evidencia e información que posea.

7) Sugerir la instalación en puntos estratégicos de nuevas cámaras de seguridad pública.

8) Procurar el buen mantenimiento y estado de conservación del sistema público de monitoreo y sus plataformas, de los dispositivos de vigilancia electrónica, del laboratorio de análisis y procesamiento de imágenes y el de la línea 911.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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