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Ley de Seguridad Pública Artículo 12 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Seguridad Pública San Juan
Artículo 12.

Las grabaciones de audio, video, fotos, datos, sonidos y todo otro material proveniente de llamadas ingresadas a través de la línea de emergencias 911 o registradas por las cámaras de seguridad tienen carácter confidencial y solamente pueden ser requeridas por magistrados, fiscales o el órgano civil externo encargado de controlar la gestión de la seguridad pública, con el propósito de prevenir o determinar la existencia de delitos y contravenciones.

Cualquier persona que, debido al ejercicio de sus funciones o en forma circunstancial, acceda al material o datos mencionados en el párrafo anterior tiene el deber de absoluta reserva y confidencialidad respecto de su contenido.

A criterio de la autoridad de aplicación, las grabaciones o material obtenido por dicho sistema pueden ser difundidas públicamente, siempre y cuando se reserve la identidad de las personas intervinientes en las comunicaciones y se editen o difumine todo aquello que permita identificarlas.

Provincia de San Juan Artículo 12 Ley de Seguridad Pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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