Ley de Consolidación Legislativa (Ley de Consolidación Legislativa) Provincia de San Juan
Ley de Consolidación Legislativa Provincia de San Juan
- Artículo 1. DIGESTO JURIDICO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
- Artículo 2. ANEXOS
- Artículo 3. CONSOLIDACION LEGISLATIVA
- Artículo 4. PROHIBICION
- Artículo 5. NUEVA NUMERACION
- Artículo 6. AREAS. TEMATICAS. CLASIFICACION
- Artículo 7. MODIFICACIONES A LEYES CONSOLIDADAS
- Artículo 8. LEYES TAMATICAS AGRUPADAS
- Artículo 9. LEYES NO VIGENTES
- Artículo 10. LEYES NO VIGENTES
- Artículo 11. ABROGADAS IMPLICITAMENTE
- Artículo 12. CADUCAS
- Artículo 13. ACTUALIZACION
- Artículo 14. NORMAS DE INFERIOR JERARQUIA
- Artículo 15. PERIODO DE OBSERVACION
- Artículo 16. ENTRADA EN VEGENCIA
- Artículo 17. EDICION OFICIAL
- Artículo 18. CONSOLIDACION LEGISLATIVA ANUAL
- Artículo 19. CONSOLIDACION LEGISLATIVA AÑO 2014
- Artículo 20. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaración de utilidad pública y expropiación Suspensión del curso de los plazos de los procedimientos administrativos regulados por la Ley N° 135 Aprobación de Convenios de préstamos e inversiones entre el Gobierno de la Provincia y el Banco Creación de la Agencia Desarrollo Ambiental, Sociedad de Economía Mixta Se declara de utilidad publica y sujeto a expropiacion conforme a la Ley General de Expropiaciones N 1000-AMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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