< Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes

Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes Artículo 4 Provincia de Buenos Aires


Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes Buenos Aires
Artículo 4.

Para el cumplimiento de la finalidad prevista, la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Podrá delegar en la Municipalidad de Quilmes la realización de un censo integral de la población afectada, a fin de determinar mediante el procesamiento de datos recogidos, el estado ocupacional y socio-económico de los ocupantes.

b) Realizar y gestionar la aprobación de la subdivisión en parcelas de acuerdo con las ocupaciones preexistentes -con las correcciones que resulten necesarias- para lo cual se exime de la aplicación de las Leyes 6.253 y 6.254 y del Decreto-Ley 8.912/77 (texto ordenado s/Decreto 3.389/87).

c) Transferir los lotes expropiados a los ocupantes que resulten adjudicatarios.



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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)



Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias



hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.



después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....



No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????



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