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Código Tributario Artículo 182 Provincia de Tucumán


Código Tributario Tucumán
Artículo 182.

Si para la concesión de regímenes de facilidades de pago y/o el otorgamiento de moratorias a los sujetos pasivos, durante el trámite del proceso ejecutivo, se hubieran constituido, para garantizar las deudas en juicio, garantías personales o reales (aval, fianza personal, hipoteca o cualquier otra), una vez denunciado el incumplimiento se procederá a la ejecución directa de tales garantías. Si éstas fuesen insuficientes para cubrir el monto demandado, se podrá seguir la ejecución contra cualquier otro bien o valor del ejecutado. En los casos en que dichas garantías se hubieran constituido para avalar deuda firme, líquida y exigible, con carácter previo a la iniciación de las acciones judiciales, su reclamo se realizará por el trámite de ejecución, de conformidad al proceso ejecutivo dispuesto en el presente título.

Así también, ante la existencia de acogimiento a regímenes especiales, en los términos establecidos en el párrafo anterior, las partes podrán acordar la constitución de garantías por el total de la deuda reconocida por el contribuyente y/o responsable, quedando autorizada la Autoridad de Aplicación a la presentación del acuerdo formalizado en tales términos para solicitar la ampliación del juicio ejecutivo correspondiente por la deuda sin demanda judicial reconocida, aun después del dictado de la sentencia del artículo 179, inciso 1., y por la deuda de vencimiento anterior a la demanda. El juez interviniente homologará el acuerdo, y acreditado su incumplimiento, procederá a la ejecución directa del total de la deuda garantizada, de conformidad a las reglas procesales del párrafo anterior.

En todos los casos, la acción de repetición o toda acción tendiente a una declaración sobre créditos, facultades y/o acciones fiscales, aun cuando su procedencia no se encuentre establecida en esta Ley, sólo podrá deducirse una vez satisfecho el impuesto, intereses, sus accesorios, recargos y costas. No se admitirá el dictado de medidas o diligencias tendientes a suspender el ejercicio de acciones ejecutivas y/o de poderes fiscales.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.



hola quisiera saber? que pena podria recaer sobre una persona que me discrimina por ser discapacitada o q hago yo?? cómo me amparo? trabajo en una municipalidad de santa cruz



Estimados, una consulta, una vez finalizado el período de 6 meses de licencia con goce de sueldo (que corresponde a la antigüedad del empleado), cuando se le liquida este último sueldo se debe abonar el proporcional de sac y las vacaciones no gozadas? Ahora obviamente está en el período de guarda de puesto por 12 meses.

Agradezco de antemano sus respuestas.



me surge la duda de la paga dias feriados, si son en caso de ser nacionales, provinciales, del partido o cuales tienen ese pago diferencial. gracias



En principio deben comunicarse con el administrador y el debe contratar un gasista matriculado para revisar la parte que corresponde al consorcio "Las instalaciones de gas que corresponden al consorcio (partes comunes) son aquellas que abastecen a más de una unidad funcional o a los servicios centrales del edificio, incluyendo las cañerías y cables hasta el ingreso de cada unidad funcional. Por otro lado, la parte específica de la cañería que va desde ese punto de ingreso hasta los artefactos de gas dentro de la unidad es responsabilidad del propietario de esa unidad" Luego una vez determinado las perdiadas o anomalias cada quein se hara cargo de los gastos.


Email: sahoneroorlando@gmail.com

WhatsApp: 1149913881

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