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Código Tributario Artículo 170 Provincia de San Luis


Código Tributario San Luis
Artículo 170. DIVISIONES SUBDIVISIONES FRACCIONAMIENTOS LOTEOS

En caso de divisiones, subdivisiones, fraccionamientos y loteos de inmuebles, el impuesto se calculará sobre el avalúo que se atribuya a cada lote o fracción en que se divida el bien, y será de aplicación a partir del año siguiente a aquel en el que se llevó a cabo la enajenación o adjudicación de uno de los lotes, cualquiera sea el modo de su realización.



Provincia de San Luis Artículo 170 Código Tributario
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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