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Código Tributario Artículo 122 Provincia de San Luis


Código Tributario San Luis
Artículo 122. TITULOS EJECUTIVOS

Será título ejecutivo para el apremio, la boleta de deuda expedida por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP), esta podrá ser en formato papel o documento digital. El título ejecutivo contendrá:

a) Apellido y Nombre del deudor o deudores, y/o denominación o razón social de las personas jurídicas;

b) Domicilio del deudor cuando sea conocido o en su defecto el domicilio fiscal y/o domicilio electrónico;

c) Tributo adeudado;

d) Importe de la deuda discriminada por conceptos a la fecha de expedición del título;

e) Lugar y fecha de expedición;

f) Firma de la autoridad competente ológrafa o digital.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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