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Código Procesal Penal Artículo 38 Provincia de Salta


Código Procesal Penal Salta
Artículo 38. Competencia de la Corte de Justicia

La Corte de Justicia conocerá y decidirá en los siguientes supuestos:

a) Juzgará el recurso de inconstitucionalidad y la queja por su denegación;

b) Decidirá la admisibilidad formal del recurso extraordinario federal;

c) Resolverá las cuestiones de competencia;

d) Entenderá en las quejas por retardo de justicia del Tribunal de Impugnación;

e) Conocerá en las cuestiones de excusación o recusación de sus miembros, previa integración del Tribunal;

f) Quejas por retardo de justicia de los Jueces de Garantías y de los integrantes de los Tribunales de Juicio.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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