Código Procesal Penal Artículo 330 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 330. Requisitos esenciales de la sentencia
La sentencia contendrá:
1) lugar y fecha en que se dicta, la mención del tribunal y las partes y los datos personales del imputado;
2) la descripción de los hechos que han sido objeto del juicio y aquellos que el tribunal ha considerado acreditados;
3) los fundamentos de hecho y de derecho; y 4) la parte dispositiva y la firma de los jueces.
Provincia del Chubut Artículo 330 Código Procesal Penal
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
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