Código Fiscal Artículo 258 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 258. Prórroga de contratos
Para estimar el valor de los contratos en los que se prevé su prórroga se procederá en la siguiente forma:a) Cuando la prórroga se estipule o deba producirse por el solo silencio de las partes y aun cuando exista el derecho de rescisión por manifestación expresa de voluntad de ambas o de una de ellas, se calculará el tiempo de duración inicial más el período de prórroga. Cuando se establezcan cláusulas con plazos de renovación automática o tácita, el monto imponible será igual al importe de cinco (5) años de locación o sublocación, que se sumarán al plazo inicial.
b) Cuando la prórroga esté supeditada a una expresa declaración de voluntad por escrito de ambas partes o de una de ellas, se calculará el sellado sólo por el período inicial, pero en el momento de usarse la opción o de convenirse la prórroga se sellará el instrumento en que ella sea documentada.
c) Cuando no se haya manifestado en forma documentada la aceptación o uso de la opción, deberá abonarse el impuesto correspondiente a la prórroga en el acto de demandarse en juicio el cumplimiento de la opción.
Las fianzas estipuladas como consecuencia de los contratos precitados se computarán en la forma prevista en el artículo anterior.
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
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pito
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
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