Código Fiscal Artículo 252 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 252. Reconducción de la sociedad
En los casos de reactivación, reconstitución, revocación de la disolución o cualquier otra forma de reconducción o reinscripción de los contratos de sociedad, que no constituyan la prórroga de los mismos dentro de las disposiciones del artículo 252 del Código Fiscal, la base imponible a los efectos del Impuesto de Sellos será el Patrimonio Neto que surge del último Balance presentado, ajustado a las condiciones establecidas en el artículo 251 del Código Fiscal provincial vigente.
Provincia del Neuquén Artículo 252 Código Fiscal
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pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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