Código Fiscal Artículo 239 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 239. Transmisión de dominio de inmuebles
Por toda transmisión de dominio de inmuebles a título oneroso, el impuesto se aplicará sobre precio pactado o la valuación fiscal, el que fuere mayor. Igual criterio se seguirá en la transmisión de la nuda propiedad. Se considera como precio pactado al valor asignado al inmueble con más toda otra erogación a cargo del adquirente y que corresponda al vendedor.Si el adquirente se hace cargo de estas hipotecas no corresponderá pagar el impuesto sobre estas obligaciones, salvo que se prorrogue su vencimiento, en cuyo caso se aplicará el impuesto que para tales prórrogas establece la Ley Impositiva.
Cuando existan cesiones de boletos de compraventa, al momento de la escrituración se considerará como base imponible el valor estipulado en la última cesión. Si éste fuere inferior al fijado en el boleto se tomará el mayor a efectos de la comparación con la valuación fiscal.
En las operaciones sujetas a aprobación judicial el impuesto se aplicará sobre el monto obtenido en la subasta, aun cuando fuera inferior a la valuación fiscal. En estos casos, el plazo establecido en el artículo 80, párrafo quinto, de este Código se contará a partir de la fecha de dicha aprobación judicial.
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
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pito
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
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