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Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 173 Provincia de Córdoba


Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 173. Boleta de deuda

La boleta de deuda debe contener, como mínimo, los siguientes recaudos formales: a) Lugar y fecha de emisión; b) Nombre y apellido completo o denominación o razón social; c) Domicilio tributario físico; d) De corresponder, número de Clave Única de Identificación Tributaria o número de inscripción del contribuyente o responsable; e) Indicación precisa del concepto e importe del crédito con especificación, en su caso, del tributo y período fiscal que corresponda con sus respectivos vencimientos, tasa y período del interés; f) Individualización del expediente respectivo, así como constancia de si la deuda se funda en declaración del contribuyente o, en su caso, si se han cumplido los procedimientos legales para la determinación de oficio para el trámite regulado en el artículo 107 de este Código o para la aplicación de sanciones, según corresponda, y g) Nombre, apellido y firma del funcionario o empleado que emitió el documento, con especificación de que ejerce las funciones debidamente autorizado al efecto.

En caso de créditos fiscales verificados judicialmente, es título hábil la correspondiente resolución judicial.

Los poderes de los representantes del fisco municipal serán las copias de los decretos de sus respectivos nombramientos con la declaración jurada sobre su fidelidad y vigencia.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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