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Código de Procedimiento Contencioso Administrativo Artículo 10 Provincia de Salta


Código de Procedimiento Contencioso Administrativo Salta
Artículo 10.

Los representantes de las autoridades administrativas, en los juicios contencioso-administrativo, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los particulares que intervengan en ellos; pero al Fiscal se le notificarán las providencias y se les correrán los traslados y vistas que se le confirieren en su despacho. En caso de encontrarse vacante este cargo, o cuando por enfermedad u otro motivo este funcionario no concurra a su despacho, el Tribunal comunicará al Poder Ejecutivo para que provea de reemplazante, que lo será el Agente Fiscal, y, por impedimento de éste, el abogado que designe el Poder Ejecutivo, quedando intertanto suspendidos los términos pendientes. Si dentro del término de diez días el Poder Ejecutivo no designara reemplazante que lo represente en el juicio, las diligencias se practicarán con el Gobernador de la Provincia y surtirán todos sus efectos legales.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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