Avalúo 2022 (Avalúo 2022) Provincia de Mendoza
Avalúo 2022 Provincia de Mendoza
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. El avalúo fiscal correspondiente a cada bien inmueble es la resultante del...
- Artículo 2. Apruébense los Anexos, según el siguiente detalle. Anexo I: Valuación...
- Artículo 3. El valor unitario de las mejoras edilicias se determinará a partir de:...
- Artículo 4. Las parcelas que deban ser incorporadas al Banco de Información Catastral en...
- Artículo 5. A los efectos valuativos, se establece que la curva de nivel correspondiente...
- Artículo 6. Los espacios comunes destinados a circulación se asignarán proporcionalmente...
- Artículo 7. En los inmuebles afectados total o parcialmente a los derechos reales de...
- Artículo 8. Los valores especificados en los anexos enunciados en los artículos...
- CAPÍTULO II INCORPORACIÓN, MODIFICACIÓN Y BAJA DE LOS DATOS QUE INCIDAN SOBRE LA VALUACIÓN
- Artículo 9. La Administración Tributaria Mendoza, mediante el medio que reglamente,...
- Artículo 10. Las bodegas deberán ser categorizadas según formularios y leyes vigentes....
- CAPÍTULO III RÉGIMEN DE AUTODECLARACIÓN DE INMUEBLES
- Artículo 11. Institúyase un Régimen de Auto-declaración del Valor de plaza para las...
- CAPÍTULO IV OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 12. Cuando el cincuenta por ciento (50%) del valor declarado en la escritura...
- Artículo 13. Cuando corresponda modificar datos de la propiedad en el Banco de...
- Artículo 14. El avalúo fiscal de las mejoras edilicias de un bien inmueble se determinará...
- Artículo 15. Fíjese para el año 2.022 el avalúo fiscal para la parcela individualizada...
- CAPÍTULO V DE LA COMISIÓN PARA EL AVALÚO FISCAL
- Artículo 16. Serán funciones de la Comisión para el Avalúo Fiscal las siguientes: a)...
- Artículo 17. La Comisión para el Avalúo Fiscal, de carácter permanente, creada por la Ley...
- Artículo 18. La Administración Tributaria Mendoza tendrá la facultad, mediante...
- CAPÍTULO VI OBLIGACIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES
- Artículo 19. Créase la figura de agente de información catastral quien deberá suministrar...
- Artículo 20. Los agentes de información que no cumplan con lo dispuesto en el artículo...
- Artículo 21. Los incumplimientos a los deberes formales y obligaciones de hacer o no...
- Artículo 22. Invitase a los municipios a adherir al avalúo fiscal y adoptar la...
- Artículo 23. Las disposiciones de la presente Ley, tendrán vigencia a partir del 1 de...
- Artículo 24. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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