Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración (Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración) Provincia de Buenos Aires
Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Fíjase en la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA...
- Artículo 2. El importe a que se refiere el artículo anterior, será asignado a las...
- Artículo 3. Los presupuestos de Erogaciones Corrientes y de Capital de las Cuentas...
- Artículo 4. Estímase en la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS...
- Artículo 5. Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el Ejercicio 2019...
- Artículo 6. Los importes que en concepto de Gastos Figurativos se incluyen en las...
- Artículo 7. Fíjase en 365.451 el número de cargos de la Planta Permanente y en 123.911...
- Artículo 8. Fíjase en 16.025 el número de cargos de la Planta Permanente y en 2.224 el...
- Artículo 9. Fíjase en 370.891 la cantidad de horas cátedra para el Personal Docente...
- Artículo 10. Fíjase en las sumas que para cada caso se indican y por un importe total de...
- Artículo 11. Apruébanse para el Ejercicio 2019 las Cuentas de Ahorro -Inversión-...
- Artículo 12. Establécese para la Administración Central, Organismos Descentralizados e...
- Artículo 13. Fíjanse en las sumas que para cada caso se indica los importes diferidos de...
- Artículo 14. Fíjanse en PESOS VEINTIDOS MIL ($ 22.000) el importe mensual unitario máximo...
- Artículo 15. Autorízase al Poder Ejecutivo para introducir ampliaciones en los créditos...
- Artículo 16. El Poder Ejecutivo, la Suprema Corte de Justicia y el Procurador General de...
- Artículo 17. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo, la...
- Artículo 18. El Poder Ejecutivo podrá autorizar a los Señores Ministros, Secretarios,...
- Artículo 19. Facúltase al Poder Ejecutivo a delegar en el Ministro Secretario en el...
- Artículo 20. Facultar al Poder Ejecutivo a delegar en el Ministro Secretario en el...
- Artículo 21. Establécese para las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo, a la...
- Artículo 22. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las reestructuraciones y...
- Artículo 23. A los efectos de la presente Ley, todos los recursos del Poder Ejecutivo...
- Artículo 24. Los gastos comprometidos con antelación al 31 de diciembre de 2018...
- Artículo 25. Establécese en los importes que se indican a continuación, los límites a que...
- Artículo 26. Apruébase la distribución en las Categorías de Programas, Finalidades,...
- Artículo 27. El Poder Ejecutivo podrá adecuar las remuneraciones mensuales del personal...
- Artículo 28. Déjese sin efecto para el Ejercicio 2019, el límite porcentual que en...
- Artículo 29. Establécese que, para el Ejercicio 2019, los recursos a percibir por...
- Artículo 30. Modifíquese el artículo 9° de la Ley N° 13010, el que quedará...
- Artículo 31. Autorizase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, a...
- Artículo 32. Los Municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre del Ejercicio...
- Artículo 33. Los Municipios que registren déficit al cierre del Ejercicio 2018 deberán...
- Artículo 34. Autorízase al Tribunal de Cuentas a eximir de las sanciones previstas en su...
- Artículo 35. Los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las...
- Artículo 36. Declárense exentas de responsabilidad a las autoridades que no hayan tomado...
- Artículo 37. Exímase de responsabilidad legal, económica y administrativa a los...
- Artículo 38. Establécese que el dieciséis con catorce por ciento (16,14%) de los recursos...
- Artículo 39. Crease un régimen especial de ayuda financiera destinado a financiar total o...
- Artículo 40. Modificase el artículo 41 del Decreto-Ley 6769/58 y...
- Artículo 41. Convalídanse: 1) La no aplicación de las disposiciones de la Ley N°...
- Artículo 42. Incorporar al Plan Provincial de Infraestructura las obras explicitadas en...
- Artículo 43. Modifícase el artículo 39 del Decreto-Ley 6769/58 -Orgánica de las...
- Artículo 44. Sustitúyense los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8° y...
- Artículo 45. Deróganse los artículos 9° y 10 de la Ley N° 11.046
- Artículo 46. Incorporase el inciso e) al Apartado II del Artículo 3° de la Ley N°...
- Artículo 47. Establécese que el saldo existente al cierre del Ejercicio 2018...
- Artículo 48. Modifícase el artículo 36, inciso a) de la Ley N° 13.834 y...
- Artículo 49. Modifícase el artículo 4° bis de la Ley N° 13074, el cual quedará...
- Artículo 50. Modifícase el artículo 75 de la Ley N° 13133 y modificatorias, el cual...
- Artículo 51. Modifícase el artículo 14 de la Ley N° 13951, el cual quedará redactado...
- Artículo 52. Modifícase el artículo 33 de la Ley N° 13951, el cual quedará...
- Artículo 53. Incorporase como artículo 9 bis a la Ley N° 5965, el siguiente:...
- Artículo 54. Modifícanse los artículos 25 y 26 de la Ley N° 10.907 y modificatorias,...
- Artículo 55. Derógase el artículo 27 de la Ley N° 10.907
- Artículo 56. Modificase el artículo 21 de la Ley 13.592, el cual quedará redactado de la...
- Artículo 57. Incorpórase como artículo 6° septies, a la Ley N° 11.347 el...
- Artículo 58. Modifícase el artículo 31 de la Ley N° 14.888, el cual quedará redactado...
- Artículo 59. Incorpórase como artículo 70° bis a la Ley N° 11.723, el siguiente:...
- Artículo 60. Derógase el artículo 23 bis de la Ley N° 13.312, incorporado por la Ley...
- Artículo 61. Deróganse los incisos 1) y 2) del artículo 18 del Decreto-Ley N°...
- Artículo 62. Incorpórase como artículo 18 bis al Decreto-Ley N° 10069/83, el...
- Artículo 63. Derógase el inciso c) del artículo 243 del Decreto-Ley N° 10081/83
- Artículo 64. Incorpórase como artículo 243 bis, al Decreto-Ley N° 10081/83, el...
- Artículo 65. Modifícase el artículo 15 de la Ley N° 10.699, el cual quedará redactado...
- Artículo 66. Deróganse los incisos 2), 4), 6), 7), 8) y 10) del artículo 34 de la Ley...
- Artículo 67. Incorpórase como artículo 34 bis a la Ley N° 11477, y sus...
- Artículo 68. Derógase el inciso a) del artículo 14 de la Ley N° 11.123
- Artículo 69. Incorpórase como artículo 14 bis, a la Ley N° 11.123, y sus...
- Artículo 70. Deróganse los artículos 2° y 3° de la Ley N° 11.126
- Artículo 71. Modifícase el artículo 22 de la Ley N° 10.766 y modificatorias, el cual...
- Artículo 72. Modifícase el artículo 22 del Decreto Ley N° 7943/72, el que quedará...
- Artículo 73. Incorpórase el artículo 22 bis al Decreto-Ley N° 7943/72, el que quedará...
- Artículo 74. Sustitúyase el artículo 79 de la Ley N° 14.393, el que quedará redactado...
- Artículo 75. Establécese que a partir del 1° de enero de 2019 el producido de la...
- Artículo 76. Detállanse en las Planillas Anexas N° 2, 2 bis y 6 que...
- Artículo 77. Detállanse en las Planillas Anexas N° 3, 4, 7 y 8 que...
- Artículo 78. Suspéndese para el Ejercicio 2019, las normas dispuestas en el Título II de...
- Artículo 79. Modifícase el artículo 57 de la Ley N° 13767 y modificatorias, el que...
- Artículo 80. Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 90° inciso k) de la Ley...
- Artículo 81. Incorpórase como artículo 9° bis de la Ley N° 13.981, el siguiente:...
- Artículo 82. Modifícase el artículo 18 de la Ley N° 13.981 y sus modificatorias, el...
- Artículo 83. Decláranse de utilidad pública todos los bienes inmuebles indispensables...
- Artículo 84. Créase el Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la...
- Artículo 85. El Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la Provincia de...
- Artículo 86. El Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la Provincia de...
- Artículo 87. El fiduciario del Fondo Fiduciario de Innovación...
- Artículo 88. El patrimonio del Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la...
- Artículo 89. Los recursos del Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la...
- Artículo 90. Los Municipios podrán adherir al Fondo Fiduciario de Innovación...
- Artículo 91. Exímese al Fondo Fiduciario de Innovación Tecnológica de la...
- Artículo 92. Facúltase al Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, a dictar las...
- Artículo 93. Autorízase, al Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección Provincial...
- Artículo 94. Autorízase, a la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial...
- Artículo 95. Modifíquese el artículo 35 inciso b) de la Ley N° 13.927 y...
- Artículo 96. Fíjase en la suma de pesos VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES ($...
- Artículo 97. El importe a que se refiere el artículo anterior será asignado al Ministerio...
- Artículo 98. El Poder Ejecutivo estará facultado para llevar a cabo las siguientes...
- Artículo 99. Fíjase en la suma de hasta CUARENTA Y CINCO MILLONES ($ 45.000.000) el total...
- Artículo 100. Fíjase en la suma de hasta PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES ($...
- Artículo 101. El importe a que se refiere el artículo anterior será asignado al Ministerio...
- Artículo 102. El Poder Ejecutivo estará facultado para llevar a cabo las siguientes...
- Artículo 103. Establécese que el costo de la implementación de la Tarifa Social de Energía...
- Artículo 104. Establécese que el costo de la tarifa de Energía Eléctrica correspondiente a...
- Artículo 105. Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir los instrumentos, dictar las...
- Artículo 106. Modifícase el artículo 40 de la Ley N° 10189 y sus modificatorias, el...
- Artículo 107. Manténgase la vigencia del artículo 68 de la Ley N° 14.552
- Artículo 108. Derógase el inciso c) del artículo 3 de la Ley 12.511 y modificatorias
- Artículo 109. En función de lo previsto por el artículo 61 de la Ley 13.661 y...
- Artículo 110. Autorízase al Poder Ejecutivo para que a través de la Tesorería General de...
- Artículo 111. Agrégase como artículo 6 bis del Anexo I del Decreto N° 367/17 el...
- Artículo 112. Autorízase al Poder Ejecutivo dentro de las sumas aprobadas por el ARTÍCULO...
- Artículo 113. Autorízase al Poder Ejecutivo a incrementar el presupuesto del Ente...
- Artículo 114. Autorízase al Poder Ejecutivo dentro de las sumas aprobadas por el ARTÍCULO...
- Artículo 115. Dentro de las sumas aprobadas por el artículo 10 y el artículo 20 de la...
- Artículo 116. Establecer que las concesiones de obra pública por peaje otorgadas o que se...
- Artículo 117. A los fines del Programa de Propiedad Accionaria del Personal a ser...
- Artículo 118. Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar la suma de pesos cinco millones...
- Artículo 119. La presente ley regirá a partir del 1° de enero de 2019 inclusive, salvo...
- Artículo 120. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaran Personalidad Destacada del Deporte a Gabriel Antonio Simón como referente del ámbito deportivo Declárase de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la localidad de Abasto Instituyen el 7 de marzo de cada año como Día de la visibilidad lésbica y lucha contra la lesbofobia Declaran Personalidad Destacada Post Mortem al señor Héctor del Mar López Pety, nacido en la ciudad de Saladillo Declaran Personalidad Destacada en el ámbito de la cultura de la ProvinciaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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