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Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Artículo 43 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires
Artículo 43.

Modifícase el artículo 39 del Decreto-Ley 6769/58 -Orgánica de las Municipalidades- y sus modificatorias, por el siguiente:

"Artículo 39: El Concejo no está facultado para votar partidas de representación para su Presidente, ni viáticos permanentes a favor del Intendente, Presidente del Concejo, Concejales, Funcionarios o empleados de la Administración Municipal. Los gastos totales del Concejo Deliberante no podrán superar el dos por ciento (2%) del Presupuesto de Gastos Total del Municipio, excepto que dicho porcentaje no cubra las erogaciones que correspondan en concepto de dietas, incrementadas en un cincuenta por ciento (50%), en cuyo caso los gastos referidos podrán alcanzar los importes que así resulten."



Provincia de Buenos Aires Artículo 43 Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración
Artículo 1 ...41 42 43 44 45 ...120

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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