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Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Artículo 39 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires
Artículo 39.

Crease un régimen especial de ayuda financiera destinado a financiar total o parcialmente obras municipales, que se regirá por la presente Ley y las normas que en su consecuencia se dicten. A efectos de solicitar la ayuda financiera, los Municipios deberán presentar, ante la autoridad de aplicación, el proyecto y presupuesto de la obra a financiar. La autoridad de aplicación otorgará las ayudas de acuerdo a la conveniencia y a la no superposición con otros proyectos realizados por la Provincia de Buenos Aires; debiendo los Municipios rendir cuentas de las ayudas otorgadas ante el Honorable Tribunal de Cuentas. El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos será la autoridad de aplicación, quedando facultado a dictar las normas complementarias, interpretativas, aclaratorias, y operativas necesarias para su implementación.



Provincia de Buenos Aires Artículo 39 Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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