Regulación del ejercicio de la profesión de guardavidas Artículo 10 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Regulación del ejercicio de la profesión de guardavidas Ciudad de Buenos Aires
Artículo 10. Requisitos para la inscripción
Para obtener la pertinente habilitación para ejercer como guardavidas en la jurisdicción, los aspirantes deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
a. Haber egresado de una escuela de guardavidas inscripta en el Registro creado por el artículo 3° de la presente ley.
b. Poseer Libreta de Guardavidas expedida por la autoridad de aplicación.
c. Ser mayor de dieciocho (18) años de edad.
d. Estado psicofísico acreditado mediante certificado expedido por autoridad competente.
e. Aprobar una prueba de aptitud psico-física ante autoridad de aplicación.
f. Poseer certificado de no reincidencia expedido por autoridad competente.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 10 Regulación del ejercicio de la profesión de guardavidas
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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