Régimen Previsional Especial de Carácter Excepcional para los Ex Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur (Régimen Previsional Especial de Carácter Excepcional para los Ex Soldados Combatientes)
Régimen Previsional Especial de Carácter Excepcional para los Ex Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur
- Artículo 1. Créase un régimen previsional especial de carácter excepcional para los...
- Artículo 2. Tendrán derecho a la prestación básica universal, la prestación...
- Artículo 3. El haber de la prestación será determinado por la Administración Nacional de...
- Artículo 4. Esta prestación resulta compatible con el goce de la Pensión Honorífica para...
- Artículo 5. El incremento del haber operará automáticamente con el ajuste de acuerdo a...
- Artículo 6. Las personas mencionadas en el artículo 1° que ya se encuentren gozando...
- Artículo 7. En el supuesto de fallecimiento del beneficiario tendrán derecho a la...
- Artículo 8. La adhesión al régimen previsional especial de carácter excepcional resulta...
- Artículo 9. En materia de obra social los beneficios que se otorguen por aplicación de...
- Artículo 10. La autoridad de aplicación de la presente ley será la Administración...
- Artículo 11. Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a reasignar las partidas...
- Artículo 12. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las...
- Artículo 13. El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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