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Régimen Electoral de la provincia Artículo 26 Provincia de Tucumán


Régimen Electoral de la provincia Tucumán
Artículo 26.

Los partidos políticos, frentes o alianzas registrarán ante la Junta Electoral las listas de candidatos oficializados con, al menos, treinta (30) días de anticipación a la fecha del comicio. Quienes las integran deberán reunir las condiciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en algunas de las inhabilidades legales.

En las elecciones provinciales convocadas para elegir distintos cargos electivos, los ciudadanos que se postulan como candidatos sólo podrán serlo para un solo cargo electivo, una sola categoría, y un solo partido político, frente o alianza.

No podrán ser candidatos a cargos electivos provinciales los ciudadanos que al mismo tiempo se postulen para otros cargos electivos nacionales, provinciales, municipales y/o comunales, en el mismo partido político, frente o alianza, o diferentes Partidos Políticos, Alianzas o Confederación de Partidos Políticos.

No serán oficializados por la Junta Electoral Provincial los candidatos que incumplan con estas Condiciones.

En caso de que la presentación a una candidatura a un cargo electivo nacional sea realizada con posterioridad a la presentación de una candidatura a un cargo electivo provincial, aunque esta última esté oficializada, se tendrá por desistida de pleno derecho la candidatura al cargo electivo provincial.

Estas disposiciones regirán cuando las elecciones provinciales y nacionales sean simultáneas, cuando las elecciones provinciales sean en una misma fecha o cuando las elecciones provinciales o nacionales hayan sido convocadas en un mismo período anual.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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