Régimen de implementación del Botón Antipánico (Régimen de implementación del Botón Antipánico) Provincia de Santa Cruz
Régimen de implementación del Botón Antipánico Provincia de Santa Cruz
- Artículo 1. DISPÓNESE la implementación en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz del...
- Artículo 2. DEFÍNESE como Botón Anti Pánico, aquel dispositivo de localización y alerta...
- Artículo 3. Los jueces y autoridades por los cuales transite el proceso penal o civil...
- Artículo 4. El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación, la que...
- Artículo 5. La Provincia de Santa Cruz garantizará la entrega del dispositivo de alerta...
- Artículo 6. CRÉASE el registro de dispositivos de control y monitoreo el cual contendrá...
- Artículo 7. AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar en el presupuesto, las...
- Artículo 8. ESTABLÉCESE un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles para la...
- Artículo 9. INVITASE a los Municipios a adherir a la presente.
- Artículo 10. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y,...
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Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?
Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
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