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Protección fitozoosanitaria Artículo 39 Provincia de Mendoza


Protección fitozoosanitaria Mendoza
Artículo 39.

En caso de retención, rechazo o destrucción de productos vegetales y animales regulados por la presente ley y en virtud de lo dispuesto en normas reglamentarias, el propietario no tendrá derecho a ninguna indemnización ni compensación. Tampoco el propietario o el consignatario de la mercadería transportada tendrá derecho a indemnización por los daños y/o demoras que se sufran en aplicacion de las medidas de cuarentena que se hayan considerado necesarias. Todo tratamiento a que se someta la mercancía transportada se realizara por cuenta y riesgo del propietario o consignatario.



Provincia de Mendoza Artículo 39 Protección fitozoosanitaria
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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