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Protección contra la Violencia de Género Artículo 7 Provincia de Salta


Protección contra la Violencia de Género Salta
Artículo 7.

Los Jueces de Garantías,y de Violencia Familiar y de Género tendrán a su cargo el régimen previsto en la presente Ley, según sea el tipo de violencia denunciado.

Cuando se trate de hechos de violencia de naturaleza delictiva, procederá la intervención de los Juzgados de Garantías y en todos los otros casos intervendrán los Jueces de Violencia Familiar y de Género.

Aún en caso de incompetencia el Juez podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinentes.

El desplazamiento de las actuaciones de un fuero a otro, según el tipo de violencia, solo se podrá hacer fundadamente por parte del Juez que hubiere prevenido, luego de evaluar y disponer las medidas establecidas en el artículo 10.

No pueden suscitarse cuestiones de competencia por razones de turno, resultando siempre competente el Juez que hubiere actuado en primer término y queda prohibida la recusación sin causa de jueces.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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