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Política Ambiental Artículo 34 Provincia de Córdoba


Política Ambiental Córdoba
Artículo 34.

La Autoridad de Aplicación publicará en su página web oficial e informará por diferentes medios en las principales áreas o zonas de influencia sobre los nuevos proyectos que ingresen al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, a los fines de permitir el conocimiento y acceso de la población, especialmente del lugar.

Dicha difusión debe realizarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por un mínimo de tres (3) días y en los diarios que establezca la Autoridad de Aplicación, especialmente aquellos del lugar del emprendimiento.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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