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Ley orgánica notarial Artículo 95 Provincia del Neuquén


Ley orgánica notarial Neuquén
Artículo 95.

En los documentos que no se concluyen, se procede del siguiente modo:

a) Si una escritura no se concluye por error u otras causas, el escribano pone nota de "errose", con su firma y sello. En este supuesto se repite la numeración en la escritura siguiente.

b) Si asentado un documento no se firmara, el escribano consigna al final mediante nota "no pasó" expresando la causa. La numeración en este caso no se interrumpe.

c) Si firmado el documento por uno o más intervinientes no lo es por los restantes, el escribano procede como en el inciso anterior. Las personas que hubieren firmado pueden requerir que se asiente la constancia pertinente en resguardo de sus derechos.

d) Firmado por todos el instrumento y antes de la autorización del escribano, puede dejarse sin efecto solamente con la conformidad de todos los firmantes, mediante nota extendida a continuación que debe ser firmada por quienes la hayan suscripto y por el escribano.



Provincia del Neuquén Artículo 95 Ley orgánica notarial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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