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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 162 Provincia de Río Negro


Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 162. Contribución al Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Judiciales

Se fija una contribución del dos por mil (2%) sobre el monto de todos los juicios contenciosos o voluntarios que se inicien en cada Circunscripción Judicial de la provincia, que tendrá como beneficiario al Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Río Negro, bajo las siguientes condiciones:

a) Destino: Los fondos recaudados en función de esta contribución serán destinados y afectados por el beneficiario y la beneficiaria a la obra social y lo que los Estatutos del mismo prevean.

b) Contribución mínima: La contribución mínima para cada juicio será equivalente al valor de un décimo (1/10) de Jus.

c) Juicios de monto indeterminado: En los casos de juicios de monto indeterminado se debe depositar la contribución mínima.

d) Forma de pago: La contribución aquí dispuesta se hará efectiva con una boleta de depósito especial, a nombre del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Río Negro, (Cuenta Específica) en el banco de depósitos oficiales o agente financiero de la provincia y regirán a su respecto las mismas normas que las previstas en el Código Fiscal para el pago del Impuesto de Justicia.

El banco suministrará por triplicado las boletas de depósito necesarias para el pago de esta contribución.



Provincia de Río Negro Artículo 162 Ley Orgánica del Poder Judicial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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