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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 199 Provincia de La Rioja


Ley Orgánica del Poder Judicial La Rioja
Artículo 199. FUNCIONES

Sin perjuicio de las funciones propias de los Contadores Públicos en materia comercial, como auxiliares de la Justicia, es privativo de ellos la producción de dictámenes relacionados con las siguientes cuestiones:

1º) Quiebra y convocatorias de acreedores.

2º) Concursos civiles, cuando los Síndicos no sean Contadores Públicos, para la conformidad contable de todos los Estados Patrimoniales de distribución de fondos, cálculo de dividendos y todos los cómputos numéricos que en dichos juicios sean presentados por los Síndicos.

3º) Liquidaciones de averías y seguros y en las cuestiones relacionadas con los transportes en general, para realizar cálculos.

4º) Estado de cuentas en las disoluciones y liquidaciones de sociedades civiles y comerciales y en todas las rendiciones de cuentas por administración de bienes a pedido de parte interesada.

5º) Compulsas de libros, documentos y demás elementos concurrentes a dilucidaciones de cuestiones de contabilidad relacionadas con el comercio en general, sus prácticas, usos y costumbres, a pedido de parte interesada.

6º) Para las tareas de contabilidad en las administraciones judiciales de sociedades comerciales, cuando el administrador designado no sea contador.

Además corresponde a los Contadores:

a) Efectuar los peritajes de contabilidad;

b) Preparar los balances que hayan de presentarse a cualquier Autoridad Judicial o Administrativa Centralizada o Autárquica.



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buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).



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