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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 197 Provincia de La Rioja


Ley Orgánica del Poder Judicial La Rioja
Artículo 197. REGISTRO DE NO GRADUADOS

Las personas, que en el momento de entrar en vigencia esta Ley prueben fehacientemente que desempeñan funciones, cargos, empleos o comisiones, que puedan considerarse propias del ejercicio de la profesión de Contador, podrán inscribirse por sí o por mandatarios dentro de los noventa días, en el Registro Especial de No Graduados que a tal efecto llevar el Tribunal Superior de Justicia, la inscripción en el expresado registro dará derecho a ejercer los servicios profesionales dentro de las limitaciones de las tareas desempeñadas, pudiendo indicar la índole de los servicios profesionales, para lo cuales se crean capacitados, pero en forma alguna podrán invocar el título de contador Público.

A las personas que no se inscriban en el citado registro dentro del termino fijado, a menos que la omisión se deba a causas justificadas a juicio del Tribunal Superior, le queda absolutamente prohibido prestar sus servicios en carácter profesional.



Provincia de La Rioja Artículo 197 Ley Orgánica del Poder Judicial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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