< Ley Impositiva 2024

Ley Impositiva 2024 Artículo 3 Provincia de Mendoza


Ley Impositiva 2024 Mendoza
Artículo 3.

De conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, establézcanse las alícuotas aplicables a los distintos rubros y actividades alcanzadas por este impuesto, según se detalla en Planilla Analítica Anexa integrante de la presente Ley y conforme las siguientes disposiciones:

1) Para los rubros: 3 -Industria manufacturera; 6 -Comercio al por mayor; 7 - Comercio minorista; 8 - Expendio de comidas y bebidas; 9 - Transporte y almacenamiento; 13 - Operaciones sobre Inmuebles; 14- Servicios Técnicos y Profesionales; 15- Alquiler de cosa muebles y 16- Servicios sociales, comunales y personales, se aplicará una alícuota reducida cuando el importe total de los ingresos gravados, no gravados y exentos atribuibles al ejercicio fiscal 2023, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere la suma de pesos cien millones ( $ 100.000.000.-).

2) Para los rubros: 3 - Industria manufacturera; 6 - Comercio al por mayor; 7 - Comercio minorista; 8 - Expendio de comidas y bebidas; 9- Transporte y Almacenamiento; 11- Establecimientos y servicios financieros; 12- Seguros; 13- Operaciones sobre Inmuebles; 14- Servicios Técnicos y Profesionales; 15- Alquiler de cosas muebles y 16- Servicios sociales, comunales y personales se aplicará una alícuota incrementada cuando el importe total de los ingresos gravados, no gravados y exentos atribuibles al ejercicio fiscal 2023, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, supere la suma de pesos mil millones ($ 1.000.000.000.-).

Quedan exceptuadas de lo preceptuado en los incisos anteriores, las actividades de distribución y venta de productos farmacéuticos/medicinales y de tocador cuando las mismas sean realizadas por instituciones sin fines de lucro.

3) Cuando se trate de contribuyentes que hayan iniciado actividades durante el ejercicio fiscal en curso, quedarán comprendido en el inciso 2) del presente Artículo, siempre que el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos durante los cuatro primeros meses a partir del inicio de las mismas, supere la suma de pesos trescientos treinta y cuatro millones ($ 334.000.000.-).

4) Para las actividades 463218 - Fraccionamiento de vino y 463211- Venta al por mayor de vino, las alícuotas de la Planilla Anexa podrán ser incrementadas por el Poder Ejecutivo hasta en un cuatro por ciento (4%) en el caso de los contribuyentes que utilicen vino importado para fraccionamiento y/o comercialización, respecto a los ingresos que generen los volúmenes importados en el período de que se trate. En tales supuestos, la Administración Tributaria Mendoza podrá adecuar las percepciones que se realicen a estos contribuyentes en el Sistema de Retenciones y Percepciones a las Importaciones (SIRPEI) sobre las importaciones efectuadas.



Provincia de Mendoza Artículo 3 Ley Impositiva 2024
Artículo 1 2 3 4 5 ...40
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse