< Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022

Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022 Artículo 98 Provincia de Buenos Aires


Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022 Buenos Aires
Artículo 98.

El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos identificará las obras a ser financiadas por el Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (PROMEI). A tal efecto, la Dirección de Vialidad y/o Subsecretaría correspondiente, programará el plan, proyecto u obra de construcción, reparación, mantenimiento y mejora vial o de infraestructura y lo elevará al/a la Ministro/a de Infraestructura y Servicios Públicos para su aprobación.

En caso que la elevación sea realizada por la Dirección de Vialidad, se deberá contar previamente con el visado de la Subsecretaría de Obras Públicas.

En el acto de aprobación del plan, proyecto u obra correspondiente, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos deberá asignar los mismos al Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.



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Excelente!!!!!!!!! Este articulo, deberían leer mas los jueces antes de dictar sentencia, nos ahorraríamos tiempo y el tiempo es "vida" para los comunes que buscan justicia.



Actualmente, ha sido derogada la ley de alquileres y algunos artículos del CCCN (como en este caso, el art. 1198) han sido sustituidos por otros artículos establecidos en DNU 70/2023



No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos



La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



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