Ley de Ministerios 2023 (Ley de Ministerios 2023) Provincia de Río Negro
Ley de Ministerios 2023 Provincia de Río Negro
- TÍTULO I DE LOS MINISTERIOS Y SECRETARÍAS DE ESTADO DEL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
- Artículo 1. Conforme lo establecido por el artículo 183 de la Constitución de la...
- Artículo 2. Asimismo, funcionan con dependencia directa del Gobernador de la provincia,...
- TÍTULO II DISPOSICIONES COMUNES A TODOS LOS MINISTERIOS
- Artículo 3. Ministros. Asistencia al Gobernador. El Gobernador de la Provincia de Río...
- Artículo 4. Funciones. Las funciones de los ministros son: a) Como integrantes del...
- Artículo 5. Responsabilidad. Cada ministro es responsable de los actos que legaliza y...
- Artículo 6. Acuerdo General. Los ministros se reúnen en Acuerdo General, siempre que lo...
- Artículo 7. Refrendo. Los actos del Poder Ejecutivo son refrendados por el titular de la...
- Artículo 8. Incompatibilidad laboral. Los cargos de ministros son incompatibles con el...
- Artículo 9. Excusación. Cuando alguno de los ministros se encuentre vinculado con algún...
- TÍTULO III DE LAS SECRETARÍAS Y SUBSECRETARÍAS
- Artículo 10. Secretarías y subsecretarías de los ministerios y de las secretarías de...
- TÍTULO IV DELEGACIÓN DE FACULTADES
- Artículo 11. Delegación de facultades. Se faculta al Poder Ejecutivo para delegar en los...
- Artículo 12. Delegación funcional. Los ministros y secretarios de Estado pueden delegar la...
- Artículo 13. Resoluciones. Efectos. Las resoluciones que dicten los ministros y...
- TÍTULO V DE LOS MINISTERIOS EN PARTICULAR
- Artículo 14. Competencia del Ministerio de Gobierno, Trabajo, Modernización y Turismo....
- Artículo 15. Competencia del Ministerio de Seguridad y Justicia. Compete al Ministerio de...
- Artículo 16. Competencia del Ministerio de Hacienda. Compete al Ministerio de Hacienda...
- Artículo 17. Competencia del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Compete al...
- Artículo 18. Competencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. Compete al...
- Artículo 19. Competencia del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura. Compete...
- Artículo 20. Competencia del Ministerio de Salud. Compete al Ministerio de Salud asistir...
- Artículo 21. Competencia del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo. Compete al...
- TÍTULO VI DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO EN PARTICULAR
- Artículo 22. Competencia de las Secretarías de Estado. Compete a las secretarías de Estado...
- TÍTULO VII DE LAS SECRETARÍAS DE LA GOBERNACIÓN Y COMISIONES DE ASESORAMIENTO
- Artículo 23. Secretarías de la Gobernación. Las secretarías de la Gobernación funcionan...
- Artículo 24. Comisiones de asesoramiento - Asesorías. El Poder Ejecutivo puede disponer la...
- TÍTULO VIII DE LOS ENTES, ORGANISMOS Y EMPRESAS DEL ESTADO
- Artículo 25. De los entes, organismos y empresas del Estado. El Gabinete provincial...
- TÍTULO IX DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
- Artículo 26. Reorganización ministerial. Se faculta al Poder Ejecutivo a poner en...
- Artículo 27. Transferencia de competencias. Como consecuencia de las transferencias de...
- Artículo 28. Estructura orgánica Ministerial. Cada uno de los ministros y secretarios de...
- Artículo 29. Transferencias de títulos. Se faculta al Poder Ejecutivo a efectuar las...
- Artículo 30. Distribución de personal y bienes. El Poder Ejecutivo determina la...
- Artículo 31. Vigencia. La presente ley entra en vigencia a partir del 10 de diciembre de...
- Artículo 32. Readecuaciones presupuestarias. Hasta tanto se efectúen las correspondientes...
- Artículo 33. Derogación. Se derogan las leyes K n° 5537 y nº 5630 a partir de la entrada...
- Artículo 34. Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Mejores juristas



estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios