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Ley de Ministerios Artículo 30 Provincia de Buenos Aires


Ley de Ministerios 2023 Buenos Aires
Artículo 30.

Corresponde al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia, y en particular:

1. Entender en el diseño e implementación de las políticas para el ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades industriales, mineras, comerciales, cooperativas, portuarias y turísticas de la provincia de Buenos Aires.

2. Entender en el diseño e implementación de políticas de inversión, desarrollo y promoción de exportaciones y financiamiento para el sector productivo, representando a la Provincia en materia de relaciones económicas internacionales que afecten el desarrollo productivo.

3. Entender en el diseño e implementación de los planes, modos y acciones que optimicen el desarrollo de los sectores productivos, en coordinación con otras áreas del gobierno.

4. Entender en las cuestiones relativas al ejercicio de la autoridad minera, la administración de los yacimientos del gobierno de la Provincia y el fomento de la industria extractiva, conforme las buenas prácticas ambientales.

5. Entender en la regulación y fiscalización de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense.

6. Coordinar la promoción y el fomento de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense.

7. Entender en las políticas, obras e inversiones portuarias.

8. Entender en la administración y fiscalización de las Zonas Francas radicadas en la provincia de Buenos Aires.

9. Entender en el fomento de la actividad turística como generadora de desarrollo productivo local y regional.

10. Entender en la administración de las unidades fiscales provinciales relacionadas con la actividad turística y los recursos provenientes del Fondo Provincial de Inversión para el Turismo previsto en la Ley N° 14.209 y/o la que en el futuro la reemplace.

11. Entender en la representación de la Provincia ante el Consejo Federal de Turismo o cualquier otra modalidad de interacción en la materia, y en la gestión del registro de prestadores de servicios turísticos de la jurisdicción.

12. Entender en los asuntos relacionados al Ente Administrador del Astillero Río Santiago.

13. Coordinar las acciones tendientes a la defensa del consumidor.

14. Entender en la promoción de inversiones y comercio exterior.

15. Entender en el diseño e implementación de políticas para el fortalecimiento y promoción del conocimiento científico, tecnológico y de innovación, y su transferencia.

16. Entender en la promoción de acuerdos de asociación público - privado para fines científicos y tecnológicos.

17. Entender en los asuntos relacionados a la administración de la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia.

18. Participar en todo lo inherente a las políticas de promoción y desarrollo de industrias creativas, en el ámbito de sus competencias.

19. Entender en lo relativo a la gestión del FOGABA.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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