Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Artículo 25 Nacional
Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Nacional
Artículo 25.
Para el cumplimiento de sus obligaciones en territorios provinciales, el CENAVID suscribirá acuerdos de colaboración con los organismos o instituciones de atención a las víctimas que localmente se hayan creado. Si fuese necesario, el CENAVID podrá crear sedes propias.
Nacional Artículo 25 Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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