Ley Beca al Mérito Artículo 13 Provincia de San Luis
Ley Beca al Mérito San Luis
Artículo 13.
Serán causales de caducidad de la Beca al Mérito:
a) Desempeño académico insuficiente: cuando el becario, al finalizar cada año de la carrera elegida no acredite haber rendido y aprobado el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las materias correspondientes al plan de estudio;
b) Abandono injustificado de las actividades académicas;
c) Cambio de carrera o institución dentro del primer año de vigencia de la Beca, sin la autorización previa por parte de la autoridad correspondiente; d) La expulsión definitiva y firme del becario de la institución académica en la cual cursa los estudios;
e) Incumplimiento del deber de informar en tiempo y forma las circunstancias establecidas en la Reglamentación;
f) El suministro de datos falsos o la alteración de documentos relacionados con el otorgamiento de la Beca y las presentaciones;
g) La voluntad expresa del becario.
En todos los supuestos el Poder Ejecutivo será quien determinará la caducidad del beneficio mediante la emisión del acto administrativo correspondiente.
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pito
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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