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Fuerza Policial Antinarcotráfico como cuerpo profesional especializado Artículo 2 Provincia de Córdoba


Fuerza Policial Antinarcotráfico como cuerpo profesional especializado Córdoba
Artículo 2.

La Fuerza Policial Antinarcotráfico es una institución civil armada que ejerce sus funciones en todo el territorio provincial y tiene a su cargo en forma exclusiva la realización de los actos de prevención, disuasión, conjuración e investigación cuando por ley corresponda, de los delitos previstos en el artículo 34 de la Ley Nacional Nº 23.737 y su modificatoria, de conformidad a la adhesión dispuesta por Ley Nº 10067.

Ejercerá asimismo funciones de colaboración con autoridades de otras jurisdicciones en los términos de la Ley Nacional Nº 23.737, de acuerdo a la legislación vigente y convenios que al efecto se celebren.

Provincia de Córdoba Artículo 2 Creación de la Fuerza Policial Antinarcotráfico como cuerpo profesional especializado que integra el Sistema Provincial de Seguridad Pública
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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