< Establece el Nuevo Procedimiento Laboral

Establece el Nuevo Procedimiento Laboral Artículo 72 Provincia de Buenos Aires


Establece el Nuevo Procedimiento Laboral Buenos Aires
Artículo 72.

El recurso de apelación contra la sentencia definitiva, las cuestiones de competencia, integración de litis e intervención de terceros, se interpondrá y fundará en el plazo de diez (10) días, tendrá efecto suspensivo y trámite inmediato. Cuando se trate de la aplicación de sanciones, la sola interposición del recurso tendrá efecto suspensivo y trámite diferido. En caso de resoluciones dictadas en audiencias, el recurso deberá interponerse en el mismo acto y se fundará conjuntamente con la fundamentación del recurso de apelación definitiva. Si se tratare de decisorios dictados con posterioridad a la sentencia definitiva empero con anterioridad a la etapa de ejecución, el recurso se interpondrá y fundará dentro de los cinco (5) días de notificado, se dará traslado a la parte contraria por idéntico plazo y se elevarán los autos al Superior de manera inmediata. No suspenderá el curso del proceso y, a tal efecto, deberá formarse incidente. Cuando el recurso de apelación hubiese sido interpuesto en subsidio del recurso revocatoria, no se admitirá ningún escrito para fundar la apelación. En el proceso de ejecución los decisorios no serán apelables.



Provincia de Buenos Aires Artículo 72 Establece el Nuevo Procedimiento Laboral
Artículo 1 ...70 71 72 73 74 ...105
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse