Cuidado integral de la salud de personas con enfermedades poco frecuentes Artículo 14 Provincia de Santa Fe
Cuidado integral de la salud de personas con enfermedades poco frecuentes Santa Fe
Artículo 14. Adhesion
Adhiérese la Provincia a la ley nacional N° 26.689 de Promoción del cuidado integral de la salud de personas con Enfermedades Poco Frecuentes y su Decreto Reglamentario Nº 794/2015, a los efectos de garantizar, en el territorio provincial, la atención integral de la salud de las personas que cuentan con cobertura de obras sociales nacionales y empresas de medicina prepaga, conforme lo establece el artículo 6 de la referida norma.
Provincia de Santa Fe Artículo 14 Cuidado integral de la salud de personas con enfermedades poco frecuentes
Mejores juristas
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
Excelente!!!!!!!!! Este articulo, deberían leer mas los jueces antes de dictar sentencia, nos ahorraríamos tiempo y el tiempo es "vida" para los comunes que buscan justicia.
Actualmente, ha sido derogada la ley de alquileres y algunos artículos del CCCN (como en este caso, el art. 1198) han sido sustituidos por otros artículos establecidos en DNU 70/2023
No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
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