Creación del consejo de la magistratura Artículo 28 Provincia de Córdoba
Creación del consejo de la magistratura Córdoba
Artículo 28. PUBLICACIÓN
El Consejo de la Magistratura procederá a publicar el orden de mérito, resultante de las evaluaciones de los aspirantes, por tres (3) días, en dos diarios de circulación masiva en la Provincia y en el Boletín Oficial. Todo esto sin perjuicio de hacerlo también por otros medios de difusión que el Consejo disponga.
Provincia de Córdoba Artículo 28 Creación del consejo de la magistratura
Mejores juristas
Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented
Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn
Y movimiento en letra? Gracias
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
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